Contribución tributaria 2015
La contribución tributaria del Grupo Inditex en el ejercicio 2015 supuso un desembolso de 2.501 millones de euros en impuestos directos, incluyéndose en esta categoría el impuesto sobre los beneficios, contribuciones a los sistemas de seguridad social o tributos sobre productos y servicios o impuestos medioambientales, satisfecho en aquellos países donde el Grupo tiene actividad. En el impuesto de sociedades, el tipo impositivo medio fue del 23%.
Por área geográfica, Inditex pagó un 40% de su contribución fiscal directa en España (1.011 millones de euros), mientras que abonó un 20% en la Unión Europea y un 13% en países europeos no comunitarios. América recibió un 16% de los impuestos directos que el Grupo desembolsó en 2015 y Asia y el resto del mundo, un 11%.
Adicionalmente Inditex aporta importantes retornos derivados de su actividad a través de los impuestos que Grupo recauda para los Estados, tales como el IVA o el IRPF. En 2015, esa cantidad ascendió a 2.498 millones de euros. La distribución geográfica de esta contribución fiscal indirecta se divide en 365 millones de euros en España (15% del total), 1.543 millones de euros se recaudaron en el resto de países de la Unión Europea. Otros 211 millones de euros fueron recogidos por la compañía para los Estados en la Europa no comunitaria, 210 millones de euros en América, el 8% del total en cada caso. En Asia y resto del mundo, esa cantidad alcanzó 169 millones de euros (un 7% del total).
Esta contribución es la materialización de los principios rectores de la Estrategia Fiscal del Grupo Inditex aprobada por el Consejo de Administración en 2015 entre los que destacamos:
- El compromiso irrenunciable de cumplimiento de todas sus obligaciones tributarias por parte del Grupo, de acuerdo con la legislación vigente en los diferentes países donde opera a través de un modelo fiscal transparente, basado en prácticas fiscales éticas y que potencie el desarrollo económico y social de dichos países con una contribución fiscal justa.
- El establecimiento de relaciones con las distintas autoridades fiscales de los países donde el Grupo opera basadas en principios de buena fe, colaboración y confianza mutua. En este sentido el Grupo trata de evitar litigios tributarios aplicando con carácter preferente los criterios interpretativos sobre la normativa tributaria fijados por dichas autoridades.
- Renuncia a la utilización de estructuras societarias de carácter opaco que interpongan sociedades instrumentales en paraísos fiscales (de acuerdo con el listado de territorios considerados como tales por la normativa fiscal española). De esta forma el Grupo opera a través de sociedades ubicadas en dichos territorios sólo en la medida en que resulta estrictamente necesario para realizar actividades comerciales en los mismos a través de sus tiendas.
- Fijación de precios de mercado en todas las operaciones realizadas entre sociedades del Grupo, de conformidad con lo dispuesto en la legislación fiscal de los países involucrados en cada operación y el marco normativo internacionalmente aceptado por las Directrices de la OCDE.
Contribución tributaria
TOTAL (en millones de euros) | 4.999 |
Impuestos directos | 2.501 |
Recaudación para los Estados | 2.498 |
Impuestos directos (en millones de euros)
España | 1.011 |
Unión Europea (sin España) | 495 |
Europa no comunitaria | 329 |
América | 390 |
Asia y resto del mundo | 276 |
Total | 2.501 |