A. Estructura de la propiedad

A.1. Capital social de la Sociedad

Fecha de última modificación Capital social (€) Número de acciones Número de derechos de voto
20-07-2000:
Acuerdo de Junta General
93.499.560 623.330.400 623.330.400

Todas las acciones son de la misma clase y serie, estando representadas por medio de anotaciones en cuenta y suscritas y desembolsadas en su totalidad.

INDITEX cotiza en las Bolsas españolas desde el día 23 de mayo del año 2001 y forma parte del índice selectivo IBEX35 desde julio de 2001. También forma parte del Eurostoxx 600 desde septiembre de 2001, del índice selectivo Morgan Stanley Capital International desde noviembre de 2001, del Dow Jones Sustainability Index desde septiembre de 2002, del FTSE4Good desde octubre de 2002 y del índice bursátil FTSE ISS Corporate Governance desde su creación en diciembre de 2004.

A.2. Titulares directos e indirectos de participaciones significativas de la entidad a la fecha de cierre de ejercicio, excluidos los consejeros

En la medida en que las acciones de INDITEX están representadas mediante anotaciones en cuenta, no existiendo, por tanto, un registro de accionistas mantenido por la Sociedad, no se puede conocer con exactitud la estructura de propiedad de la misma.

En cualquier caso, según resulta de la información proporcionada en la página web de la CNMV, así como de la información proporcionada por el accionista Rosp Corunna Participaciones Empresariales, S.L. a INDITEX, los titulares de participaciones significativas de la Sociedad, a 31 de enero de 2013, excluidos los consejeros, eran los siguientes:

Nombre o denominación
social del accionista
Número de derechos de voto directos Número de derechos de voto indirectos (*) % sobre el total de derechos de voto
PARTLER 2006, S.L. 57.872.465
9,284
Dña. Rosalía Mera Goyenechea (*) 0 31.494.806 5,053
(*) A través de:
Nombre o denominación social del titular directo de la participación Número de derechos de voto directos % sobre el total de derechos de voto
ROSP CORUNNA PARTICIPACIONES EMPRESARIALES, S.L. 31.494.806 5,053

La Sociedad no ha recibido comunicación alguna relativa a movimientos significativos en la estructura accionarial durante el ejercicio.

A.3. Miembros del Consejo de Administración de la Sociedad que poseen derechos de voto de las acciones de la Sociedad

A 31 de enero de 2013, los miembros del Consejo de Administración que tenían participación en el capital de la Sociedad eran los siguientes:

Nombre o denominación social del consejero Número de derechos de voto directos Número de derechos de voto indirectos (*) % sobre el total de derechos de voto
D. Pablo Isla Álvarez de Tejera 361.064 0 0,058
D. Amancio Ortega Gaona 0 369.600.063 (*) 59,294
D. José Arnau Sierra 6.000 0 0,001
GARTLER, S.L. 311.727.598 0 50,010
Dña. Irene Ruth Miller 13.240 0 0,002
D. Nils Smedegaard Andersen 7.000 0 0,001
D. Carlos Espinosa de los Monteros Bernaldo de Quirós 40.000 0 0,006
D. Emilio Saracho Rodríguez de Torres 0 0 0
D. Juan Manuel Urgoiti López de Ocaña 27.739 0 0,004
(*) A través de:
Nombre o denominación social del titular directo de la participación Número de derechos de voto directos % sobre el total de derechos de voto
GARTLER, S.L. 311.727.598 50,010
PARTLER 2006, S.L. 57.872.465 9,284
Total 369.600.063 59,294
% Total de derechos de voto en poder del Consejo de Administración 59,37%

Los miembros del Consejo de Administración no poseen derechos sobre acciones de la Sociedad.

A.4. Relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existen entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la Sociedad

La Sociedad no ha recibido comunicación alguna con relación a la existencia de relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria entre los titulares de participaciones significativas que tengan carácter relevante o que no deriven del giro o tráfico comercial ordinario, sin perjuicio de la referida en el punto A.3 anterior en cuanto a que el consejero D. Amancio Ortega Gaona es el titular indirecto de las acciones detentadas por dos accionistas significativos: Gartler, S.L. y Partler 2006, S.L.

A.5. Relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existen entre los titulares de participaciones significativas, y la Sociedad

No han existido relaciones de índole comercial, contractual o societaria entre los titulares de participaciones significativas y la Sociedad que tengan carácter relevante o que no deriven del giro o tráfico comercial ordinario, ello sin perjuicio de la información que se facilita, por razones de transparencia, en el apartado C. relativo a operaciones vinculadas.

A.6. Pactos parasociales que le afectan según lo establecido en el art. 112 de la LMV. Existencia de acciones concertadas entre sus accionistas y posibles modificaciones o rupturas de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas

La Sociedad no ha recibido comunicación alguna en relación con la celebración de pactos parasociales ni tiene constancia de la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas.

A.7. Personas físicas o jurídicas que ejercen o pueden ejercer el control sobre la Sociedad de acuerdo con el artículo 4 de la Ley del Mercado de Valores

Nombre o denominación social
D. Amancio Ortega Gaona
Observaciones
A través de GARTLER, S.L. y de PARTLER 2006, S.L., detenta el 59,294 % del capital social.

A.8. Autocartera de la Sociedad

A fecha de cierre del ejercicio:
Número de acciones directas Número de acciones indirectas % Total sobre capital social
0 0 0%

Variaciones significativas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1362/2007, realizadas durante el ejercicio:

No ha habido variaciones.

A.9. Condiciones y plazo del mandato vigente de la Junta al Consejo de Administración para llevar a cabo adquisiciones o transmisiones de acciones propias

A la fecha de emisión del presente informe, se encuentra vigente la autorización concedida por la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 17 de julio de 2012, en virtud de la cual el Consejo de Administración quedaba habilitado para adquirir acciones propias. A continuación, se transcribe el tenor literal del acuerdo adoptado por la referida Junta General en el punto noveno del Orden del Día:

“Autorizar al Consejo de Administración para que, de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital, pueda proceder a la adquisición derivativa de acciones propias, bien directamente bien a través de cualesquiera sociedades filiales en las que la Sociedad sea sociedad dominante, con respeto de los límites y requisitos legales y de las siguientes condiciones:

a) Modalidades de adquisición: la adquisición se hará por título de compraventa, permuta o dación en pago.

b) Número máximo de acciones a adquirir: acciones con un valor nominal que, sumado al de las que ya se posean por la Sociedad, directa o indirectamente, no exceda del 10% del capital social.

c) Precios máximo y mínimo: el precio mínimo de adquisición de las acciones será su valor nominal y el precio máximo será hasta un 105% de su valor de cotización en la fecha de adquisición.

d) Duración de la autorización: cinco (5) años desde la fecha del presente acuerdo.

A los efectos de lo dispuesto en la condición del apartado a) del punto 1º del artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital, se indica que las acciones que se adquieran en virtud de la presente autorización, podrán destinarse por la Sociedad, entre otros fines, a su entrega a los empleados o administradores de la Sociedad, ya sea directamente o como consecuencia del ejercicio de derechos de opción de los que aquéllos sean titulares, en virtud de planes de retribución del personal de la Sociedad o de su Grupo.

La presente autorización deja sin efecto la autorización aprobada por la Junta General de Accionistas celebrada el día 13 de julio de 2010”.

A.10. Restricciones legales y estatutarias al ejercicio de los derechos de voto, así como restricciones legales a la adquisición o transmisión de participaciones en el capital social

Todas las acciones de la Sociedad cuentan con los mismos derechos políticos y económicos, sin que existan restricciones legales ni estatutarias a la adquisición o transmisión de acciones.

Por lo que respecta al ejercicio de los derechos de voto, la única restricción es la contenida en el artículo 83.1 de la Ley de Sociedades de Capital, relativa a que el accionista que se halle en mora en el pago de los desembolsos pendientes no podrá ejercitar el derecho de voto.

A.11. Existencia de un acuerdo de la Junta General para adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007

No existe ningún acuerdo de la Junta General para adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.